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EE.UU. emite directrices a embajadas sobre la nueva prohibición de entrada de Trump

El Departamento de Estado envía un cable a embajadas...

junio 6, 2025

El Departamento de Estado envía un cable a embajadas y consulados con instrucciones para aplicar la nueva medida.

El Departamento de Estado de EE.UU. ha emitido directrices a sus embajadas y consulados a nivel mundial sobre cómo manejar la nueva prohibición de entrada impuesta por la administración Trump a ciudadanos de ciertos países. El cable diplomático, firmado por el secretario de Estado, Marco Rubio, proporciona las primeras instrucciones específicas para el procesamiento de visas a solicitantes de los países afectados. A pesar de su detalle, aún se espera información adicional sobre qué se considera una “excepción por interés nacional“, la cual se comunicará en un mensaje aparte. Además, se programarán seminarios web para el personal consular.

Procedimiento previo y posterior a la entrada en vigor

El cable indica que, antes de la entrada en vigor de la proclamación (9 de junio a las 00:01 hora de Miami), las representaciones diplomáticas deben continuar programando solicitudes de visa de los países afectados. Se deberá mantener el procesamiento normal de visas, incluyendo la aprobación de solicitantes elegibles, impresión y devolución de pasaportes con visas emitidas. La proclamación no ordena la revocación de visas válidas emitidas antes de la fecha de entrada en vigor.

La suspensión y las restricciones de la proclamación presidencial se aplican únicamente a los nacionales de los países designados que se encuentren fuera de Estados Unidos en la fecha de entrada en vigor y que no tengan visa en dicha fecha. Los residentes permanentes legales de Estados Unidos también están generalmente exceptuados. Incluso después de la entrada en vigor, las representaciones diplomáticas continuarán programando citas para solicitantes de los países afectados, revisando y aprobando solicitudes de visa de inmigrante para trámites acelerados. No obstante, a los solicitantes de los 19 países excluidos se les denegarán las visas a menos que cumplan con criterios de excepción.

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Excepciones contempladas en la guía

Si a un solicitante de un país restringido se le otorgó una visa antes del 9 de junio y aún no la ha recibido, incluso si ya fue impresa, dicha visa será cancelada según la proclamación presidencial, a menos que el solicitante pueda demostrar una excepción.

Las excepciones para quienes provienen de los 12 países con restricciones totales incluyen a solicitantes con doble nacionalidad de un país no afectado que soliciten con el pasaporte de dicho país. Para visas de no inmigrante, se incluyen:

  • Diplomáticos y funcionarios gubernamentales
  • Empleados de organizaciones internacionales y de la OTAN
  • Excepciones de interés nacional y ciertos atletas y miembros de equipos deportivos.

Para visas de inmigrante, se incluyen:

  • Visas de inmigrante para familiares directos con evidencia clara y convincente de identidad y parentesco (ADN o historial médico).
  • Adopciones
  • Visas especiales de inmigrante para afganos
  • Visas especiales de inmigrante para empleados del gobierno estadounidense
  • Minorías étnicas y religiosas que enfrentan persecución en Irán
  • Excepciones de interés nacional aprobadas.

Para los siete países con restricciones parciales, existen excepciones similares para visas de no inmigrante. Los solicitantes de visas de negocios y turismo solo tienen excepciones por interés nacional aprobado y para ciertos atletas. Las visas de estudiante y de intercambio solo permiten excepciones por interés nacional aprobado. Para otros tipos de visa de no inmigrante, se indica una validez reducida; se proporcionarán más detalles por separado.

Fuente: CNN Español

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